El espíritu de la norma al establecerse la figura de la Consulta Pública promovió la participación, en aras de enriquecer el contenido del marco normativo en telecomunicaciones.
La normativa estipula la Consulta Pública
La Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) estipula en su artículo 11, que la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), antes de producir o modificar los actos normativos que puede dictar de conformidad con la Ley, realizará consulta públicas previas con los sectores interesados, mediante mecanismos que permitan a estos últimos aportar sugerencias o recomendaciones.
¿Quiénes pueden intervenir?
Todas aquellas interesadas en aportar sus consideraciones, emitiendo observaciones, comentarios y sugerencias, para el desarrollo de la normativa que se crea o se modifica.
¿Qué herramienta utiliza Conatel para hacerla?
Para ello dispone de un Foro Electrónico, herramienta digital, en donde te identificas y emites tu aporte de forma online. Este foro como lo señala Conatel tiene como objetivo, la participación en materia de telecomunicaciones, herramienta didáctica de comunicación en línea que permite a la ciudadanía generar un debate, compartir opiniones y saberes, sobre instrumentos normativos de telecomunicaciones en discusión, para su posterior análisis y su posible inclusión en el proyecto final.
Consulta Pública en la actualidad
La Consulta Pública que dio inicio CONATEL a partir de 28 NOV 2022 hasta el 12 DIC 2022 se refiere a la Reforma sobre la Providencia Administrativa Contentiva de ¨Las Condiciones `para la Calificación de los Equipos de Uso Libre¨, cuyo objeto se enmarca en establecer las condiciones que debe reunir un equipo para ser calificado como de uso libre, a los fines de dar cumplimiento a la LOTEL.
Aspecto importante en la Providencia
Un punto resaltante en el proyecto de Reforma de la Providencia Administrativa Contentiva de las Condiciones para la Calificación de Equipos de Uso Libre, es la inclusión de nuevos equipos y bandas de frecuencias para los dispositivos de redes radioeléctricas de área local (RLAN) que operan en la subbanda de frecuencias comprendida entre 57.000 y 66.000 MHz, la cual posee las características idóneas para su uso en radioenlaces punto a punto de alta capacidad.
Se hace importante que hagamos uso de tan importante oportunidad que CONATEL nos brinda, de participar en reformas o elaboración de instrumentos de contenido normativo. Elaborado por: Econ. Ludmila Rodríguez; Ing. Teresa Alvarez